Descripción del servicio
Los fondos concursables tienen por objeto promover y financiar de manera parcial o total, las iniciativas enfocadas en la investigación, la educación, la restauración, la protección y conservación del medio ambiente así como el uso sostenible de los recursos naturales.
A quién va dirigido
Instituciones del sistema de administración pública local o nacional; Ayuntamientos, organizaciones autónomas y descentralizadas, Direcciones Generales, etc.
					Departamento que lo ofrece
Fondo Nacional para el Medio Ambiente y Recursos Naturales (Fondo MARENA).
					Información de contacto
							Tel.: 809-565-8461						
						
							Correo: Esta dirección de correo electrónico está siendo protegida contra los robots de spam. Necesita tener JavaScript habilitado para poder verlo. .						
						
							Dirección: Ave. 27 de Febrero # 273, casi esq. Winston Churchill, Plaza Central, 4to nivel local 418, Ens. Piantini, Santo Domingo, R.D.						
					Requerimientos o requisitos
- Copia de los estatutos y Asamblea Constitutiva de la organización.
 - Copia de la última Asamblea eleccionaria de la Junta Directiva anexando copias de las cédulas de identidad de los miembros elegidos.
 - Certificado de habilitación emitido por el Ministerio de Medio Ambiente y Recursos Naturales (Ley 122-05).
 - Certificación de la Dirección General de Impuestos Internos (DGII) indicando que está al día en el cumplimiento de sus compromisos fiscales.
 - Datos bancarios.
 - Otros que se establezcan las bases de cada convocatoria.
 
Procedimientos a seguir
Serán definidos en los términos de referencia de cada convocatoria.
Horario de prestación
De lunes a viernes , de 8:30 a.m. hasta 3:30 p.m.Costo
GratuitoTiempo de realización
5 semana(s) laborables.Canal de Prestación
OnlineInformación adicional
A quién va dirigido
- Instituciones del sistema de administración pública local o nacional; Ayuntamientos, organizaciones autónomas y descentralizadas, Direcciones Generales, etc.
 - Organizaciones de la sociedad civil establecidas de acuerdo a los criterios definidos
por la ley 122-05. - Museos, escuelas, colegios y organizaciones similares, públicas o privadas dedicadas a la educación y la divulgación de las ciencias ambientales.
 - Concesionarios de permisos ambientales